1. La Ley 12.414/2011 ha sido modificada y, a partir del 9 de julio de 2019, la inclusión en el Registro positivo será automática para todos los particulares y empresas con préstamos, financiación, compras a plazos o facturas de consumo como electricidad y teléfono.
2. Desde el 09/04/2019, todo aquel que no quiera formar parte de la Registro positivo ya puedes solicitar la baja de forma gratuita, por vía telefónica, física o electrónica, a través de los canales de atención específicos de cualquiera de los bureaus de crédito, que gestionan las bases de datos del Registro positivo.
3. La oficina de crédito que reciba la solicitud de exclusión está obligada a atenderla y compartirla con las demás oficinas para que también la atiendan en el plazo de 2 días hábiles.
4. Para más información, consulte el texto completo de la ley: pulse aquí
